Sistemas Internacionales de Protección de DDHH

Todos los Tratados Internacionales de DDHH crean órganos que supervisan su cumplimiento, ante los cuales los Estados deben presentar revisiones periódicas. En el Sistema Universal de Protección de los DDHH de las Naciones Unidas (SUDH), estos órganos se llaman Comités, los cuales también reciben el nombre de órganos de tratados o convencionales. En el Sistema

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Instituciones Nacionales de DDHH

Entre las garantías de un amparo más efectivo de los DDHH, Naciones Unidas ha promovido la constitución, desarrollo y fortalecimiento de instituciones nacionales de DDHH independientes, con amplio mandato y competencias definidas en Constituciones y leyes para velar por la protección de los DDHH en cada país miembro. Estas instituciones se denominan internacionalmente, Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (INDH).

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No discriminación

De acuerdo con la Observación General N° 18 del Comité de Derechos Humanos y la Observación General N° 20 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la No Discriminación es un principio básico de los DDHH junto con la igualdad ante la ley y la protección igual de la ley. La discriminación es entendida en

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Defensores de DDHH en riesgo

Los defensores de DDHH están más expuestos a riesgos. Con frecuencia, estos riesgos tienen que ver con ciertos rasgos de su labor: Protegen a quienes son objeto de menosprecio, discriminación, violencia y prácticas excluyentes u opresivas. Muchas veces existen riesgos por el hecho de defender activamente a personas discriminadas. Están presentes y ocupan la primera

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